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Comunicado de la Unidad Central de Seguridad Privada sobre intrusismo
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Comunicado de la Unidad Central de Seguridad Privada sobre intrusismo
Comunicado de la Unidad Central de Seguridad Privada
Direccion General de la Policia
Ministerio del Interior
La actividad empresarial y laboral en Seguridad Privada, constituye, por imperativo legal, un ámbito exclusivo y excluyente para sus profesionales.
La regulación legal de la Seguridad Privada en España, prohíbe, bajo sanciones pecuniarias, el ejercicio legal de ésta actividad profesional a toda empresa o trabajador que no se encuentren debidamente autorizados o habilitados para el desarrollo de las correspondientes actividades y funciones.
La lucha contra todo tipo de “intrusismo” en el Sector de la Seguridad Privada en España, tanto empresarial como laboral o funcional, constituye un deber legal y un objetivo prioritario en la acción de control e inspección de las empresas, personal, servicios y medidas de seguridad, que compete realizar al Cuerpo Nacional de Policía, a través de sus Unidades de Seguridad Privada.
Para la erradicación de las distintas prácticas de “intrusismo”, se ha dispuesto el desarrollo y ejecución de tres líneas de actuación policial:
1) La acción preventiva, con el ofrecimiento de una cumplida información, y de la que el presente comunicado forma parte, o a través de la Unidades Territoriales.
2) La acción inspectora, con el incremento del número, extensión e intensidad de los actos de inspección.
3) La acción sancionadora, con la completa individualización de responsabilidades por todas las infracciones constatadas.
Como complemento a estas líneas de actuación policial, se desarrolla una acción institucional de colaboración con otros Organismos oficiales (Subdelegaciones del Gobierno, Agencia Tributaria, Inspección de Trabajo, Seguridad Social), así como con interlocutores interesados del propio Sector (Sindicatos, Asociaciones Empresariales, Asociaciones Profesionales, Usuarios).
La consecución de un Sector de Seguridad Privada auténticamente profesional y de calidad, depende de que no se contrate en condiciones de “intrusismo”. La corresponsabilidad, la colaboración y el control son el mejor camino para conseguirlo.
Madrid, 26 de Octubre 2009
UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
Direccion General de la Policia
Ministerio del Interior
La actividad empresarial y laboral en Seguridad Privada, constituye, por imperativo legal, un ámbito exclusivo y excluyente para sus profesionales.
La regulación legal de la Seguridad Privada en España, prohíbe, bajo sanciones pecuniarias, el ejercicio legal de ésta actividad profesional a toda empresa o trabajador que no se encuentren debidamente autorizados o habilitados para el desarrollo de las correspondientes actividades y funciones.
La lucha contra todo tipo de “intrusismo” en el Sector de la Seguridad Privada en España, tanto empresarial como laboral o funcional, constituye un deber legal y un objetivo prioritario en la acción de control e inspección de las empresas, personal, servicios y medidas de seguridad, que compete realizar al Cuerpo Nacional de Policía, a través de sus Unidades de Seguridad Privada.
Para la erradicación de las distintas prácticas de “intrusismo”, se ha dispuesto el desarrollo y ejecución de tres líneas de actuación policial:
1) La acción preventiva, con el ofrecimiento de una cumplida información, y de la que el presente comunicado forma parte, o a través de la Unidades Territoriales.
2) La acción inspectora, con el incremento del número, extensión e intensidad de los actos de inspección.
3) La acción sancionadora, con la completa individualización de responsabilidades por todas las infracciones constatadas.
Como complemento a estas líneas de actuación policial, se desarrolla una acción institucional de colaboración con otros Organismos oficiales (Subdelegaciones del Gobierno, Agencia Tributaria, Inspección de Trabajo, Seguridad Social), así como con interlocutores interesados del propio Sector (Sindicatos, Asociaciones Empresariales, Asociaciones Profesionales, Usuarios).
La consecución de un Sector de Seguridad Privada auténticamente profesional y de calidad, depende de que no se contrate en condiciones de “intrusismo”. La corresponsabilidad, la colaboración y el control son el mejor camino para conseguirlo.
Madrid, 26 de Octubre 2009
UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
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